Solidaridad: 17 Iniciativas populares de ayuda a la madre embarazada en todo el territorio nacional del Foro de la Familia. El objetivo es conseguir que las administraciones públicas ofrezcan ayuda madres embarazadas
17 Iniciativas populares de ayuda a la madre embarazada en todo el territorio nacional del Foro Español de la Familia. El objetivo es conseguir que las administraciones públicas – tanto Comunidades Autónomas como Ayuntamientos de toda España- ofrezcan soluciones reales a los problemas que un embarazo pueda acarrear, especialmente en los casos de adolescentes e inmigrantes.
La ILP por el matrimonio y la infancia recogió más de un millón de firmas
El Foro pone en marcha 17 Iniciativas Legislativas Populares Autonómicas (ILP) en apoyo a la mujer embarazada
Tras el éxito de la primera ILP (Iniciativa Legislativa Popular) en defensa del matrimonio y la infancia, -en la que se recogieron más de un millón de firmas por toda España- el Foro Español de la Familia anuncia la puesta en marcha de una nueva campaña de recogida masiva de firmas. Se trata de crear en todo el territorio una Red eficaz de apoyo solidario a la mujer embarazada.
En este caso, no se trata de una ILP nacional, sino de 17 ILP autonómicas simultáneas. El objetivo es conseguir que las administraciones públicas – tanto Comunidades Autónomas como Ayuntamientos de toda España- ofrezcan soluciones reales a los problemas que un embarazo pueda acarrear, especialmente en los casos de adolescentes e inmigrantes.

La ayuda prestada debe incluir todos los aspectos relacionados con las mujeres en situación de embarazo imprevisto: asistencia psicológica, médicos y ginecólogos, comunicación a familiares y en la escuela o trabajo, inserción en el mercado laboral, residencia, y cuidados para el niño: pañales, guardería, etc.

El total de firmas necesarias para que prospere la ILP varía por Comunidades Autónomas en función de sus habitantes, siendo la media del 1’61% del censo electoral de cada Comunidad.
La Comunidad que más firmas necesitan es Andalucía, con un total de 75.000 firmas. Le siguen Madrid y Cataluña, con 50.000. Las Comunidades con menos censo son La Rioja y Navarra, con un total de 6.000 y 7.000 firmas respectivamente. La suma total de firmas necesarias en las 17 ILP alcanza la cifra de 416.222 ciudadanos.
Para más información:
María Luengo, Departamento de Comunicación
Tel.: 91 510 51 40 – 618 614 294
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Apéndice 4
Proposición de Ley de Iniciativa Legislativa Popular por la que se establece y regula una red de apoyo a la mujer embarazada
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En una sociedad desarrollada ninguna mujer debería quedar en situación de desamparo social sólo por estar embarazada y verse abocada por eso a sopesar la decisión de abortar.
Sin embargo, es muy frecuente en nuestra sociedad que ante un embarazo imprevisto la mujer se sienta sola y abandonada frente a los problemas que ese embarazo eventualmente pueda plantearle, especialmente cuando concurren circunstancias de falta de integración en una relación familiar estable, minoría de edad, inestabilidad laboral o falta de recursos económicos. Estos problemas pueden ser agravados por el abandono e irresponsabilidad del padre, la amenaza expresa o presunta de pérdida del puesto de trabajo u otros problemas de integración social específicos como los asociados a las singulares circunstancias de las inmigrantes en situación precaria en España.
En estos casos, el aborto puede, subjetivamente, aparecer como la única solución a una situación a la que la afectada no ve otra salida; siendo, además, tristemente frecuente que muchas voces en el entorno de la embarazada –amigas, familiares, incluso asistentes sociales y médicos- presenten a la afectada el aborto como la solución lógica a sus problemas y temores. Nos encontramos así conque en España crece de forma descontrolada el número de defunciones por aborto cada año. Desde que entró en vigor en 1985 la legislación actual sobre aborto, en España se han producido un millón de abortos. El último año del que tenemos datos oficiales, el 2004, se produjeron en España casi 85.000 abortos, es decir un aborto cada 6,2 minutos. Esto supone un crecimiento de más del 75% en los últimos diez años, convirtiendo así al aborto en la principal causa de mortalidad en España.
En el caso de la CCAA de............................ ese año se produjeron.................. miles de abortos; es decir, cada año................. mujeres en nuestra comunidad se ven abocadas al aborto porque nuestra sociedad no ha sido capaz de ofrecerles alternativas reales no traumáticas.
Una sociedad que deja sola y abandonada a la mujer ante los problemas reales que le puede generar un embarazo imprevisto, no es una sociedad justa que responda a los requerimientos propios de una democracia avanzada en un Estado social como exige nuestra Constitución. Todo aborto es una inmensa tragedia, para el niño que no llega a nacer, pero también para la mujer que muchas veces no es libre de verdad pues nadie le ofrece alternativas serias al aborto y debe acarrear con frecuencia durante largos años con las terribles consecuencias del síndrome post-aborto que lastra tantas veces a la mujer que ha abortado.
Ninguna mujer aborta con alegría; todo aborto es una tragedia. Por eso la sociedad y los poderes públicos deben implicarse activamente para que ni una sola mujer en la Comunidad Autónoma de.............................. se vea en tal situación de soledad, falta de apoyo y carencia de ayuda solidaria que el aborto se le presente como la única salida posible. Generar una red de apoyo solidario a la mujer embarazada para que ésta encuentre alternativas positivas frente al drama del aborto es una imperiosa necesidad en nuestra sociedad. Este es el objeto de la presente Iniciativa Legislativa Popular: hacer las previsiones normativas necesarias para que en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de.............................. exista una red solidaria de ayuda a las embarazadas para ofrecerles soluciones alternativas a sus problemas, compatibles con la continuación de la gestación.
Las embarazadas en situación de conflicto y desamparo necesitan sobre todo ofertas completas de apoyo, asesoramiento y orientación que las ayude a superar las cargas emocionales y las discriminaciones negativas y poder decidirse en verdadera libertad por la vida de su hijo.
En nuestro país existen ONG’s privadas que desde hace años se dedican a esta labor de asistencia y apoyo a la embarazada con alto nivel de éxito en sus trabajos: según información suministrada por estas ONG’s, de cada cuatro mujeres atendidas durante su embarazo, tres no abortan. La misma experiencia positiva, reflejan los resultados de la interesante experiencia puesta en marcha por la Comunidad de Madrid en los últimos años, dirigida especialmente a las mujeres jóvenes.
Una política pública de apoyo a la mujer embarazada que la ayude a poder optar en libertad por la maternidad supone alcanzar mayores cotas de justicia social y ayudará a sensibilizar a nuestra sociedad sobre la importancia y el valor personal y social del embarazo y la maternidad.
La Comunidad Autónoma de................................., de conformidad con la previsión del artículo 148.1.20 de la Constitución, ha asumido plenas competencias en materia de asistencia social. A tal respecto, el Artículo........ del Estatuto de Autonomía de la Comunidad establece la competencia exclusiva de ésta en “...............................”. Al amparo de esta previsión estatutaria se aprueba la siguiente Ley.
Artículo 1.-
Toda mujer embarazada con domicilio o residencia en el territorio de la comunidad Autónoma de............................. tendrá derecho a ser asesorada sobre cómo superar cualquier conflicto que el embarazo le pueda suponer y a ser informada de forma personalizada sobre las ayudas y apoyos que puede recibir, a la luz de sus circunstancias particulares, para culminar su embarazo.
Artículo 2.-
A fin de prestar a la mujer embarazada el asesoramiento e información a que se refiere el artículo anterior, el Gobierno de la Comunidad Autónoma promoverá y apoyará la existencia de centros de asistencia y asesoramiento a la mujer embarazada que proporcionen a las mujeres que a ellos acudan información detallada sobre los recursos de protección social existentes de ámbito estatal, autonómico y local, públicos y privados, adecuados a sus necesidades y, en especial, los referentes a salarios de inserción social, ayudas a la maternidad, ayudas en materia de residencia, y apoyos a la reinserción laboral.
En esos centros, además de la pertinente información, se orientará a la mujer sobre cómo acceder a esas ayudas y se la ayudará en su tramitación y gestión.
Artículo 3.-
En todas las políticas asistenciales de la Comunidad Autónoma de........................... se establecerá la prioridad de las embarazadas para acceder a las prestaciones o ayudas de que se trate, siempre que sean adecuadas a su situación.
Artículo 4.-
Se prestará especial atención a la embarazada adolescente. Toda embarazada, menor de 30 años, tendrá derecho a una asistencia específica que incluirá, al menos, las siguientes prestaciones: Educación para la maternidad, apoyo psicológico antes y después del parto y asistencia singular en el centro escolar para adecuar su plan de estudios al embarazo y la maternidad.
La embarazada adolescente tendrá derecho a una adecuación de los horarios y planes escolares a sus necesidades durante el embarazo y en los dos años siguientes al parto. Las autoridades educativas velarán por el perfecto cumplimiento de esta previsión y arbitrarán los medios y medidas necesarias para hacer posible la optimización del rendimiento académico de la embarazada de forma compatible con las exigencias derivadas del embarazo y la maternidad.
Artículo 5.-
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de........................... podrá conceder subvenciones y establecer convenios con los centros de iniciativa social que se presten a ofrecer el asesoramiento y ayuda a la mujer embarazada previstos en esta Ley.
Las entidades privadas que presten ayuda a la mujer embarazada para llevar a término su maternidad contarán con la cooperación y el apoyo técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Artículo 6.-
Todas las personas que presten servicios en los centros de información y asesoramiento regulados en esta Ley están obligadas a guardar secreto sobre las informaciones personales a que accedan en el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 7.-
En todos los centros asistenciales y sanitarios radicados en la Comunidad Autónoma será obligatorio informar a la mujer embarazada de la existencia de la red de apoyo regulada en esta Ley y de la forma de ponerse en contacto con la misma.
En la información que en tales centros se ofrezca a la embarazada sobre el aborto, se incluirá, además de la referente a la legislación vigente en la materia y la prevista para la prestación del consentimiento informado que exige la norma sanitaria, puntual información objetiva sobre los efectos físicos y psíquicos, incluyendo la referente al síndrome post aborto.
Artículo 8.-
El Gobierno de la Comunidad Autónoma de XXX elaborará en el plazo de seis meses un Plan Integral de Apoyo a la Embarazada que incluya acciones y objetivos para hacer realidad la existencia de una eficaz red de apoyo y que contenga al menos las siguientes previsiones e informaciones:
1. La identificación de los centros, prestaciones y ayudas a que puede acceder la embarazada para lograr el apoyo necesario para poder apostar en libertad por la vida de su hijo.
2. La previsión de realización de campañas públicas para informar a la potencial interesada de tales medios a su disposición.
3. La instrumentación de campañas dirigidas a los varones, especialmente los adolescentes, para motivarles a asumir su responsabilidad como causantes del embarazo, transmitiendo lo injusto de dejar a su pareja sola ante el embarazo. Los hombres no padecen el síndrome post aborto pero pueden ser los responsables de que lo padezcan las mujeres con las que han mantenido relaciones sexuales si no son solidarios con su embarazo.
4. Las medidas que se pondrán en marcha para facilitar el acceso de la embarazada o nueva madre al empleo, a los recursos destinados a salarios sociales o conceptos similares, a residencias o viviendas adecuadas a su situación y a los servicios de guardería durante los primeros años de vida del niño.
5. Relación de ONG’s y Asociaciones que en el ámbito de la Comunidad Autónoma colaboran desde la iniciativa social a estos fines.
6. Los medios que se pondrán en marcha para que toda embarazada pueda conocer que existe esta red de apoyo y ayuda.
Artículo 9.-
El Gobierno de............................. facilitará la existencia de un teléfono de acceso general gratuito que permita a cualquier embarazada conectar con la red de apoyo regulada en la presente ley.
Asimismo, el Gobierno de......................... creará una página web en la que se facilitará toda la información de la red a que esta ley y sus planes, normas e iniciativas de desarrollo se refieran, facilitando su conocimiento y accesibilidad en los ambientes apropiados.
Artículo 10.-
El Gobierno de......................... promoverá la implicación de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma en la difusión del conocimiento, entre las potenciales interesadas, de la existencia de la red de apoyo a la mujer embarazada que esta ley establece y su colaboración activa en la difusión, aplicación y eficacia de esta red. A tal efecto se podrán establecer los convenios de colaboración ínter administrativa que sean pertinentes.


